En el marco de las celebraciones de Halloween y Día de Muertos, que se celebran cada 31 de octubre, 1 y 2 de noviembre, distintas organizaciones defensoras de los animales hacen un llamado a la población para prevenir posibles casos de maltrato y crueldad animal. Entre sus recomendaciones destacan mantener a los perros y gatos bajo resguardo, así como extremar precauciones con las adopciones, especialmente de felinos de color negro.
La preocupación surge por el riesgo de que algunos animales sean utilizados en supuestos rituales relacionados con la brujería o el espiritismo. Sin embargo, en Guatemala, cualquier acto de crueldad o maltrato animal está sujeto a sanciones, independientemente de las creencias o prácticas con las que se pretenda justificar.
¿Qué castigos establece la ley en Guatemala?
En Guatemala, la protección de los animales está regulada por la Ley de Protección y Bienestar Animal (Decreto 5-2017), así como por las disposiciones correspondientes del Código Penal.
De acuerdo con la clasificación de la Unidad de Bienestar Animal (UBA), del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA), las infracciones se dividen en tres categorías, según la gravedad de las conductas.
1. Infracciones graves
Comprenden acciones u omisiones relacionadas con el incumplimiento de las responsabilidades básicas de cuidado y protección de los animales.
Las personas que cometan este tipo de faltas pueden recibir multas equivalentes a cuatro salarios mínimos.
2. Infracciones muy graves
Esta categoría contempla conductas que provocan daños físicos o afectan considerablemente el bienestar de los animales. Entre los ejemplos se encuentra la comercialización de animales en establecimientos no autorizados.
Las sanciones económicas por estas infracciones pueden alcanzar el equivalente a ocho salarios mínimos.
3. Infracciones gravísimas
Son las conductas de mayor gravedad y que representan actos de extrema crueldad contra los animales.
Entre ellas se encuentran provocarles la muerte mediante procedimientos que prolonguen su sufrimiento, envenenarlos, enterrarlos vivos, realizar intervenciones quirúrgicas sin contar con la acreditación veterinaria correspondiente y promover o participar en peleas de animales.
El uso de animales en rituales que impliquen maltrato, tortura, sufrimiento o sacrificios ilícitos puede encuadrarse en esta categoría, dependiendo de las circunstancias del caso.
Para estas infracciones, la Ley de Protección y Bienestar Animal contempla multas equivalentes a 12 salarios mínimos.
¿Hay penas de prisión por maltrato animal?
Además de las sanciones administrativas, determinadas conductas pueden constituir delitos conforme al Código Penal y sus reformas.
Según la gravedad de los hechos, las personas responsables pueden enfrentar penas de entre dos y cinco años de prisión, así como multas de 20 a 30 salarios mínimos. Cuando se utilizan métodos que provocan sufrimiento grave, como el envenenamiento o la tortura, las penas pueden aumentar hasta siete años y medio de prisión, además de sanciones económicas que pueden superar los Q191 mil.
¿Cómo proteger a las mascotas durante Halloween?
Durante estas fechas, las asociaciones protectoras de animales recomiendan mantener a perros y gatos dentro de casa, evitar que salgan sin supervisión y tener especial cuidado al entregar animales en adopción.
También hacen un llamado a denunciar cualquier situación sospechosa de maltrato o crueldad animal ante las autoridades correspondientes.
La celebración de Halloween no justifica ningún acto de violencia contra los animales. En Guatemala, quienes incurran en estas prácticas pueden enfrentar sanciones económicas e incluso penas de prisión, según la gravedad de los hechos.



